Articulo 6 Procedimiento de acceso y régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del ISM
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»ArtÃculo 6. Modos y medios para la realización de los cursos.
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1. El ISM desarrollará sus acciones docentes utilizando sus propios medios, tanto personales como materiales; cuando careciese de ellos, podrá subsanar su falta mediante contratación con terceros o por cualquier otro medio previsto en la legislación vigente.
2. Los cursos de formación del ISM podrán impartirse en los centros nacionales de formación marítima, en las direcciones provinciales, en las direcciones locales o en aquellas instalaciones que se concreten en los negocios jurídicos que se suscriban al efecto.
Modificaciones
- Artículo modificado (6) por Real Decreto 666/2024, de 9 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina.
(BOE de 10-07-2024) en vigor desde 11-07-2024
