Articulo 6 Procedimiento ...chillerato

Articulo 6 Procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato

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Artículo 6. Adscripción de los centros públicos

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1. La dirección territorial competente en materia educativa efectuará las propuestas de adscripción o de modificación de las adscripciones que considere oportunas.

2. A las propuestas se acompañarán los informes de la Inspección educativa y el acuerdo adoptado al respecto por el consejo escolar de los centros y por el consejo escolar municipal o por el ayuntamiento cuando este no esté constituido.

Dichas propuestas, con los informes indicados, serán remitidas para su resolución, a la dirección general competente en materia de planificación educativa, antes del 1 de diciembre de cada año.