Articulo 6 procedimientos 2013 de realización de los pagos fraccionados en el IRPF y modelos 130, de autoliquidación del pago fraccionado, y 005, de domiciliación del referido pago fraccionado
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»Artículo 6. Lugar de presentación del modelo 130 en soporte papel e ingreso de la deuda.
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Uno. El modelo 130 en soporte papel podrá presentarse en alguna de las entidades autorizadas para actuar como colaboradoras en la recaudación de los tributos (Bancos, Cajas de Ahorro o Cooperativas de Crédito), en los términos previstos en el Reglamento de Recaudación, aprobado por el Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto.
Dos. El ingreso del pago fraccionado presentado en soporte papel se realizará en la entidad colaboradora, al mismo tiempo que se realiza la presentación del modelo 130.
