Articulo 6 de Prueba de a...ción Local

Articulo 6 de Prueba de aptitud necesaria para la constitución de una relación de candidatos autonómica propia para la provisión, con carácter interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local

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Sexto. Admisión de aspirantes.

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1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y a la vista de los defectos de los que, en su caso, adolezcan las mismas, la Dirección General competente en materia de Administración Local del Gobierno de Cantabria publicará resolución, en el Boletín Oficial de Cantabria, aprobando relación provisional de aspirantes admitidos y, en su caso excluidos, con indicación expresa de las causa o causas de dicha exclusión. La relación provisional de admitidos y excluidos se podrá consultar, en la página web oficial de la Dirección General competente en materia de Administración Local: https://administracionlocal.cantabria.es/, así como en el tablón de anuncios físico de la citada Dirección General.

2. Las personas aspirantes podrán formular reclamaciones a la relación provisional de admitidos y excluidos o, bien, subsanar los defectos de los que adolezca su solicitud, en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. Si no se subsana la solicitud o no se presenta reclamación, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Para ello, la Dirección General competente en materia de Administración Local, aprobará y publicará en los mismos lugares indicados en el punto 1 de este artículo la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, señalando igualmente la fecha y lugar de realización de la prueba de aptitud.