Articulo 6 Registro de Fundaciones de Navarra y los procedimientos de su competencia
Artículo 6. Funciones del registro.
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Conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, corresponde al Registro de Fundaciones de Navarra el ejercicio de las siguientes funciones:
a) La tramitación y la resolución de las solicitudes de inscripción que deban de acceder al mismo, y el control de las inscripciones, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio.
b) El archivo y la custodia de los documentos en él depositados.
c) La publicidad registral.
d) La emisión de la certificación de reserva de denominación, acreditativa de dos denominaciones reservadas a una fundación pendiente de inscripción en el Registro de Fundaciones de Navarra.
e) La emisión de la certificación negativa de denominación, acreditativa de la no existencia de ninguna fundación en el Registro de Fundaciones de Navarra con la misma denominación, ni con otra similar con la que pudiera prestarse a confusión.
f) La emisión de informes de carácter técnico y estadístico cuando sean requeridos por otros órganos u organismos públicos en el ejercicio de sus competencias.
g) La comunicación al Protectorado de todas las inscripciones practicadas.
h) La comunicación al departamento competente en materia tributaria de todas las inscripciones practicadas sobre las fundaciones acogidas al régimen tributario especial establecido por la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio, o norma que en el futuro la sustituya.
i) La comunicación al Registro de Fundaciones de competencia estatal de las inscripciones de constitución de fundaciones o, en su caso, de extinción de las mismas, y cualesquiera otros asientos cuya comunicación obligatoria pudiera imponerse por la normativa vigente.
j) El depósito y la publicidad de las cuentas de las fundaciones inscritas en los términos fijados en este decreto foral.
k) Cualquier otra función que le atribuya la normativa vigente.
