Articulo 6 Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería
Ver Indice
»Artículo 6. Comunicación e inscripción en el Registro General.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La autoridad competente comunicará los datos declarados por los titulares de las explotaciones antes del 1 de abril de cada año para que queden inscritos en el Registro General.
