Articulo 6 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria
Artículo 6. -Estructura del Presupuesto de gastos de la Diputación Foral de Bizkaia.
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La estructura del Presupuesto de gastos responde a las cuatro perspectivas que se enumeran a continuación.
a) clasificación por unidades orgánicas. La imputación de los créditos deberá hacer referencia a:
- departamentos forales, divididos en secciones presupuestarias,
b) clasificación por programas, dividida en áreas de gasto, políticas de gasto, grupos de programas y programas,
c) clasificación por categorías económicas. Los créditos, según su naturaleza económica, se ordenarán por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, sin perjuicio del grado de vinculación que se establezca en la Norma Foral de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de cada ejercicio,
d) proyectos de gasto. La asignación de los créditos a los diferentes tipos de proyectos de gasto, se realizará de acuerdo a los criterios expuestos en el artículo 8.
- Artículo modificado (6 (apdo. b)) por DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 108/2016, de 14 de junio, por la que se modifica el Decreto Foral 169/2014, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento General Presupuestario del Territorio Histórico de Bizkaia, de desarrollo del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria.
(BI de 20-06-2016) en vigor desde 21-06-2016
