Articulo 6 Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Navarra
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»Artículo 6. Seguro de accidentes.
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La percepción de cantidades por el beneficiario de un seguro de accidentes estará incluida en el hecho imponible de las letras c), d) y e) del artículo 8 del Texto Refundido del Impuesto.
