Articulo 6 Reglamento del impuesto sobre las viviendas vacías
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»Artículo 6. Órgano competente para la gestión, recaudación e inspección
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La gestión y recaudación del impuesto y su inspección en todo el territorio de Cataluña corresponden a la delegación Territorial de la Agencia Tributaria de Cataluña en Barcelona y a la Inspección Territorial de esta, respectivamente.

