Articulo 6 Reglamento Mar...-Derogado-

Articulo 6 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid -Derogado-

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Artículo 6. Naturaleza jurídica.

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1. Los Cuerpos de Policía Local son Institutos Armados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada, bajo la superior autoridad del Alcalde respectivo.

2. En el ejercicio de sus funciones, los miembros de los Cuerpos de Policía Local tendrán, a todos los efectos legales, el carácter de Agentes de la Autoridad.