Articulo 6 Reglamento del Ministerio Fiscal
Ver Indice
»Artículo 6. Legalidad.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Por el principio de legalidad el Ministerio Fiscal actuará con sujeción a la Constitución, a las leyes y demás normas que integran el ordenamiento jurídico vigente, dictaminando, informando y ejercitando, en su caso, las acciones procedentes u oponiéndose a las indebidamente formuladas en la medida y forma en que las leyes establezcan.
