Artículo 6 Reglamento sob...de Euskadi

Artículo 6 Reglamento sobre procedimientos y requisitos relativos a las sociedades cooperativas de utilidad pública de Euskadi

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Artículo 6.

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Podrán solicitar la declaración de utilidad pública las Cooperativas de segundo o ulterior grado que reúnan, tanto ellas como sus asociados o federados, los requisitos establecidos en el artículo anterior del presente Reglamento.