Articulo 6 Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos
Artículo 6. Forma y lugar de presentación de las comunicaciones previas y las solicitudes de licencia o autorización
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1. Los ayuntamientos y la Administración autonómica contarán con modelos normalizados para la presentación de las comunicaciones previas y las solicitudes de licencia o autorización de su competencia incluidas en el ámbito de aplicación de este reglamento y los pondrán a disposición de las personas interesadas a través del portal electrónico previsto en el artículo anterior o, en el caso de la Administración autonómica, de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
2. Las comunicaciones previas y las solicitudes de licencia o autorización pueden presentarse en los registros administrativos y demás lugares previstos por la legislación del procedimiento administrativo común para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones a los órganos de las administraciones públicas.
3. Asimismo, pueden presentarse electrónicamente, junto con los documentos que deban acompañarlas, en los términos establecidos por la legislación que regula el acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos. En tal caso, las comunicaciones y resoluciones de la Administración se tramitarán del mismo modo.
