Artículo 6 Reglamento de Vehículos Históricos -Vigente-
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»Artículo 6. Expedición del permiso de circulación por cambio de servicio a histórico.
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La Jefatura de Tráfico, a la vista de la documentación presentada, expedirá un permiso de circulación en el que constará el servicio histórico y anotará en el Registro de Vehículos el cambio de servicio a histórico.
