Articulo 6 regula el simb...tilizacion

Articulo 6 regula el simbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilizacion

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Artículo 6.

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1. Excepcionalmente, y mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, se podrá autorizar o disponer la utilización, junto al símbolo oficial, de otro símbolo, logotipo o la combinación de ambos, siempre que sean identificativos de una iniciativa, actuación o evento especialmente destacable promovido por el Gobierno de Navarra, y su utilización conjunta no induzca a confusión en cuanto a la imagen corporativa de éste.

2. En estos casos, el mismo Acuerdo establecerá las características técnicas y las condiciones de utilización del citado símbolo, logo o imagen gráfica.