Articulo 6 Sector eléctrico canario
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»Artículo 6. Planificación a largo plazo.
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Modificaciones
- Modificación realizada (6 (se declara inconstitucional y nulo)) por Pleno. Sentencia 18/2011, de 3 de marzo de 2011. Recursos de inconstitucionalidad 838-1998, 867-1998 y 997-1998 (acumulados). Promovidos por el Parlamento de Canarias y el Gobierno de Canarias en relación con diversos preceptos de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y por el Presidente del Gobierno con respecto a diferentes preceptos de la Ley del Parlamento de Canarias 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario. Competencias sobre ordenación de la economía y régimen energético: nulidad parcial e interpretación conforme de preceptos estatales; nulidad de preceptos autonómicos.
(BOE de 29-03-2011) en vigor desde 29-03-2011 - Modificación realizada (6 (se levanta la suspensión)) por Recurso de inconstitucionalidad número 997/1998, promovido por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley de Canarias 11/1997, de 2 de diciembre, del Sector Eléctrico Canario.
(BOE de 25-07-1998) en vigor desde 25-07-1998 - Artículo modificado (6 (se suspende)) por RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 997/1998, PROMOVIDO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO CONTRA DETERMINADOS PRECEPTOS DE LA LEY DE CANARIAS 11/1997, DE 2 DE DICIEMBRE, DE REGULACION DEL SECTOR ELECTRICO.
(BOE de 27-03-1998) en vigor desde 27-03-1998
