Articulo 6 Seguridad Pública

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Artículo 6. El Departamento competente en materia de seguridad pública.

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El Departamento que tenga atribuida la competencia en materia de seguridad pública, de conformidad con los objetivos generales establecidos por el Gobierno de Navarra, es el órgano responsable de llevar a cabo la política de protección y seguridad ciudadana de la Comunidad Foral, correspondiéndole, en tal sentido, ejercer la dirección superior del Cuerpo de Policía Foral, la coordinación de las policías locales y aquellas otras funciones que le otorgan esta Ley Foral y el resto del ordenamiento vigente.