Articulo 6 Selección para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional
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»Artículo 6. Aprobación y publicación de las bases de selección.
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Las bases de selección, así como la convocatoria, serán aprobadas por el órgano competente de la entidad local y publicadas en el boletín oficial que corresponda y, en su caso, en el portal institucional de la entidad local correspondiente.
