Articulo 6 Servicios soci...-Derogada-

Articulo 6 Servicios sociales de Madrid -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 6. Ámbito material de aplicación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La presente Ley se aplicará a los servicios sociales que presten las Administraciones autonómica o local en la Comunidad de Madrid y a las entidades públicas vinculadas a las mismas, así como a las entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, que desarrollen actividades de servicios sociales en el territorio de la Comunidad de Madrid.