Articulo 6 para una Socie... de Género

Articulo 6 para una Sociedad Libre de Violencia de Género

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Artículo 6. Principios rectores de la actuación administrativa.

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La actuación frente a la violencia de género debe regirse por los siguientes principios:

a) Respeto, protección y promoción de los derechos humanos.

b) Adopción de las medidas necesarias para eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres y suprimir todos los obstáculos a la igualdad de género.

c) Enfoque integral de la violencia de género y consideración desde su naturaleza transversal.

d) Actuación diligente en casos de violencia, que se extenderá a todas las esferas de la responsabilidad institucional.

e) Coordinación y colaboración entre entidades públicas y privadas implicadas en el ámbito de la violencia de género.