Articulo 6 Sociedades Cooperativas de Murcia
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»Artículo 6. Operaciones con terceros.
Vigente
Las sociedades cooperativas podrán realizar actividades y servicios cooperativizados con terceros no socios sin más limitación que las establecidas por sus propios Estatutos sociales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-12-2006 en vigor desde 01-01-2007