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Articulo 6 Suplemento de crédito y crédito extraordinario a presupuestos 2023 prorrogados para 2024 y otras medidas financieras y administrativas

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Artículo 6. Modificación del Decreto ley 4/2023, de 19 de diciembre, de necesidades financieras del sector público en prórroga presupuestaria y de medidas en el ámbito de la reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa

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1. Se modifica el artículo 1.2 letra c) del Decreto ley 4/2023, de 19 de diciembre, que queda redactado del siguiente modo:

"c) Las entidades que, de acuerdo con las normas del Sistema Europeo de Cuentas, hayan sido clasificadas en el sector de la Administración pública de la Generalitat no pueden formalizar operaciones que comporten un incremento de endeudamiento respecto al que tenían autorizado el 31 de diciembre de 2023 salvo:

-La entidad Fira 2000, SA, que puede formalizar endeudamiento durante el año 2024 para la ampliación y renovación de los espacios feriales de Gran Vía hasta un máximo de 227.000.000,00 de euros."

2. Se añade una nueva letra, la i), al artículo 1.3 del Decreto ley 4/2023, de 19 de diciembre, que queda redactado del siguiente modo:

"i) Se autoriza al Gobierno a prestar el aval a favor de Fira 2000, SA, con la finalidad de financiar el proyecto de las obras de ampliación del recinto ferial Gran Via. El importe máximo de este aval no puede superar los 227.000.000,00 de euros."