Articulo 6 Texto único de la Ley del deporte
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»Artículo 6
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1 Los clubes o asociaciones deportivos deberán estar constituidos de forma que conste documentalmente su voluntad, la finalidad y los objetivos perseguidos, así como la ausencia de ánimo lucrativo.
2 La formulación de los Estatutos deberá responder al principio de representatividad, según las normas deportivas que sean de aplicación. La organización interna deberá ser democrática y el órgano supremo de gobierno será la Asamblea general, integrada por todos los asociados con derecho a voto.
3 La Junta directiva deberá ser elegida por la Asamblea general y todos sus cargos deberán proveerse mediante sufragio libre, directo, igual y secreto, entre todos sus miembros.
