Artículo 6 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco
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»Artículo 6.- Normativa aplicable.
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Las tasas se regirán:
a) Por esta ley o por la ley propia de cada tasa.
b) Por la ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
c) Por las normas reglamentarias dictadas en desarrollo de estas leyes.
