Articulo 6 Tramitación de las peticiones de compensación económica solicitadas por las EELL como consecuencia de la aprobación de beneficios fiscales en tributos locales
Ver Indice
»Artículo 6. Legitimación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las entidades locales de Navarra que apliquen beneficios tributarios susceptibles de compensación, podrán presentar consultas sobre su compensación por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con carácter previo a la aprobación por la entidad local de los citados beneficios.
La contestación a la consulta tendrá carácter vinculante para el supuesto invocado en la misma.

