Articulo 60 Coordinación de Policías Locales de Cantabria
Ver Indice
»Artículo 60. Faltas muy graves.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Son faltas muy graves las así tipificadas en la Legislación Orgánica en materia de régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, y en la demás normativa de desarrollo que resulte de aplicación en esta materia al Cuerpo Nacional de Policía.
