Articulo 60 Desarrollo de...s competen

Articulo 60 Desarrollo del Decreto 15/2010, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, el procedimiento para la elaboración del programa individual de atención y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competen

Ver Indice
»

Artículo 60. Servicio de teleasistencia.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El servicio de teleasistencia será compatible con todos los servicios y libranzas a excepción de:

- Servicio de atención residencial.

- Libranza vinculada a la adquisición de un servicio de atención residencial.