Articulo 60 Espacios Naturales Protegidos
Ver Indice
»Artículo 60. Competencias sancionadoras.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La imposición de las multas previstas en esta Ley corresponde a los siguientes órganos y autoridades:
Director territorial de Medio Ambiente: Hasta 1.000.000 de pesetas.
Director general del Medio Natural: Hasta 10.000.000 de pesetas.
Conseller de Medio Ambiente: Hasta 40.000.000 de pesetas.
Gobierno valenciano: Por encima de 40.000.000 de pesetas.
