Articulo 60 Flora y fauna silvestres
Ver Indice
»Artículo 60. Escenarios deportivos de pesca.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.2, podrán declararse escenarios deportivos de pesca aquellos tramos o masas de agua dedicados preferentemente a la celebración de competiciones deportivas de pesca y entrenamientos.
2. Reglamentariamente se determinará el régimen de autorización para la celebración de concursos de pesca, las modalidades de señalización de las zonas afectadas y los medios prohibidos que podrán autorizarse en los concursos de pesca sin muerte.
