Articulo 60 Gobierno de A... de Aragon

Articulo 60 Gobierno de Aragon, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Poblacion de las Entidades Locales de Aragon

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Artículo 60. Cooperación a la gestión del Padrón.

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El Gobierno de Aragón, las Diputaciones provinciales y, en su caso, las Comarcas apoyarán técnica y económicamente a los municipios para la gestión y explotación informatizada del Padrón, pudiendo formalizar convenios que regulen la colaboración reciproca en su elaboración y mantenimiento y el acceso a sus datos para el ejercicio de sus competencias y la elaboración de estadísticas.