Articulo 60 Gobierno de Aragon, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Poblacion de las Entidades Locales de Aragon
Ver Indice
»Artículo 60. Cooperación a la gestión del Padrón.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Gobierno de Aragón, las Diputaciones provinciales y, en su caso, las Comarcas apoyarán técnica y económicamente a los municipios para la gestión y explotación informatizada del Padrón, pudiendo formalizar convenios que regulen la colaboración reciproca en su elaboración y mantenimiento y el acceso a sus datos para el ejercicio de sus competencias y la elaboración de estadísticas.
