Articulo 60 Ley de Hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento
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Articulo 60 Ley de Hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento

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Artículo 60

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Los bienes pignorados no se podrán trasladar del lugar en que se encuentren, según la escritura o póliza, sin consentimiento del acreedor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-12-1954 en vigor desde 15-08-1955