Articulo 60 Marco regulatorio contable de las entidades locales
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»Artículo 60.-De terrenos.
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Comprende los ingresos derivados de la venta de solares, fincas rústicas y otros terrenos.
Concepto 600. Solares.
Concepto 601. Fincas rústicas.
Ingresos derivados de la venta de fincas rústicas.
Ingresos derivados de la venta de terrenos integrantes del patrimonio público del suelo.
Concepto 609. Otros.
Ingresos derivados de la venta de terrenos sin edificar, no comprendidos en los conceptos anteriores.
Modificaciones
- Artículo modificado (60 (se elimina concepto 603)) por DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 117/2018, de 22 agosto, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local de Bizkaia.
(BI de 28-08-2018) en vigor desde 01-01-2019
