Articulo 60 Personal esta...Sanitarias

Articulo 60 Personal estatutario de Instituciones Sanitarias

Ver Indice
»

Artículo 60. Retribuciones básicas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las retribuciones básicas son.

a) El sueldo asignado a cada categoría en función del título exigido para su desempeño.

b) Los trienios, que consisten en una cantidad determinada para cada categoría, en función del grupo o subgrupo de clasificación, por cada tres años de servicios, conforme se determine en la ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.