Articulo 60 Presidencia y Gobierno de Canarias
Ver Indice
»Artículo 60. Impulso y control de la acción política.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El impulso y control de la acción política y de gobierno se ejercerá por el Parlamento de Canarias mediante los mecanismos y procedimientos previstos en el Reglamento del Parlamento de Canarias.
