Articulo 60 Presupuestos 2010 Rioja
Artículo 60. Autorización de los costes de personal de la Universidad de La Rioja.
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1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se autoriza un gasto total, incluidas cargas sociales y trienios, del personal docente y no docente de la Universidad de La Rioja para el año 2010, por importe de 30.817.500,00 euros.
2. No obstante, al amparo de los artículos 55.2 y 69.3 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, independientemente de los costes citados anteriormente, se autoriza una partida máxima de 2.837.680,00 euros para atender el gasto, correspondiente al año 2010, derivado de la aplicación del Plan de Incentivos del personal docente e investigador (PDI).
Los incentivos concedidos no experimentarán una actualización superior al incremento establecido en el artículo 45.2 de esta ley.
