Articulo 60 Procedimientos de contratacion en los sectores del agua, energia, transportes y telecomunicaciones
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»Artículo 60. Plazo para resolver.
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1. El órgano competente dictará la resolución motivada que proceda en el plazo de dos meses.
2. Sin perjuicio de la obligación de resolver que corresponde a la Administración, las reclamaciones deducidas se entenderán desestimadas por el transcurso del plazo para su resolución, con los efectos previstos en el artículo 64.1 de esta Ley.

