Articulo 60 Producción ecológica y etiquetado de productos ecológicos
- El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro a partir del 1 de enero de 2022. - Reglamento (UE) 2020/1693 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de noviembre de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/848, sobre produccion ecologica y etiquetado de los productos ecologicos, en lo que respecta a la fecha de aplicacion y a otras fechas que en el se mencionan
Ver Indice
»Artículo 60. Medidas transitorias aplicables a las existencias de productos ecológicos producidos de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 834/2007
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los productos obtenidos de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 834/2007 antes del 1 de enero de 2022 podrán comercializarse después de esa fecha hasta que se agoten las existencias.
Modificaciones
- Artículo modificado (60) por Reglamento (UE) 2020/1693 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de noviembre de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/848, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos, en lo que respecta a la fecha de aplicación y a otras fechas que en él se mencionan
(DC de 13-11-2020) en vigor desde 14-11-2020
