Articulo 60 Sistema universitario de Galicia
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»Artículo 60. Estructura interna y funcionamiento.
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1. El Consejo Gallego de Universidades se estructura en órganos colegiados y unipersonales.
2. Son órganos colegiados el pleno, la Comisión de Titulaciones y Centros, la Comisión de Financiación e Inversiones y las demás comisiones que el pleno acuerde constituir.
3. Son órganos unipersonales la presidencia, la vicepresidencia y la secretaría.
4. Las competencias y funcionamiento de estos órganos se regularán por la presente ley y su normativa de desarrollo.
