Articulo 61 Igualdad de m... I Balears

Articulo 61 Igualdad de mujeres y hombres I. Balears

Ver Indice
»

Artículo 61. Los medios de comunicación social

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Los medios de comunicación social transmitirán una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de las mujeres y los hombres.

2. Los medios de comunicación social no pueden difundir contenidos que justifiquen o banalicen la violencia machista, o inciten a ella.

3. En la elaboración de las programaciones, los medios de comunicación social deberán hacer un uso no sexista del lenguaje.

4. Lo establecido en el apartado anterior deberá tener una incidencia especial en los programas destinados a la población infantil y juvenil.