Articulo 61 Juventud de Euskadi

Articulo 61 Juventud de Euskadi

Ver Indice
»

Artículo 61. Tipos de sanciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las infracciones darán lugar a la imposición de las sanciones siguientes:

1.- Apercibimiento.

2.- Multa.

3.- Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de cualquiera de las administraciones públicas vascas en un periodo comprendido entre uno y cinco años.

4.- Cierre temporal, total o parcial, del equipamiento o servicio, por un periodo de hasta 12 meses.

5.- Cierre definitivo, total o parcial, del equipamiento o servicio.

6.- Inhabilitación temporal de la persona física o jurídica titular del equipamiento o servicio, por un periodo de entre tres y cinco años, para ejercer la titularidad de servicios o equipamientos para las personas jóvenes.

7.- Inhabilitación temporal de las personas responsables de la realización de actividades de tiempo libre infantil y juvenil, por un periodo de entre tres y cinco años, para organizar y realizar actividades de tiempo libre infantil y juvenil.