Articulo 61 Ordenacion de... Carretera

Articulo 61 Ordenacion del Transporte por Carretera

Ver Indice
»

Artículo 61.- Otorgamiento de autorizaciones.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las autorizaciones serán otorgadas por la Administración insular de la isla donde tenga su domicilio fiscal el transportista.

2. Excepcionalmente, previo informe técnico justificativo, se podrán prever autorizaciones de transporte de ámbito territorial insular, especialmente cuando se den los supuestos descritos por el artículo 54.1, último inciso, de esta Ley.

Modificaciones