Articulo 61 Prevención y ... Andalucía

Articulo 61 Prevención y Lucha Contra los Incendios Forestales en Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 61. Objeto.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los incentivos previstos en esta Ley podrán destinarse, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, a la realización de trabajos y a la adopción de medidas de prevención y lucha contra incendios forestales, sean o no exigibles con arreglo a lo previsto en la presente Ley y demás disposiciones aplicables.

Asimismo, podrán otorgarse para contribuir a la recuperación y restauración de zonas incendiadas.