Articulo 61 Programas comunes de activación para el empleo
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»Artículo 61. Subvención por participante en itinerario.
Vigente
Se establece una subvención, con una cuantía de referencia de 1.000 euros, por participante en itinerario con una duración tipo de seis meses y con un número máximo de participantes por itinerario de 15 personas. La cuantía de la subvención se reducirá o incrementará proporcionalmente si la duración del itinerario es menor o mayor a la indicada, sin que pueda ser inferior a tres meses ni superior a doce meses.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-09-2021 en vigor desde 30-09-2021