Articulo 61 Reglamento balear de Policía Sanitaria Mortuoria
Ver Indice
»Artículo 61.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Toda empresa funeraria podrá ser inspeccionada por los servicios de la Consejería de Sanidad y Consumo, al objeto de comprobar las condiciones de las instalaciones, del personal, de los vehículos y del resto del material destinado al servicio.
