Articulo 61 Reglamento Ge...upuestaria

Articulo 61 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria

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Artículo 61.-Resultado Presupuestario del ejercicio.

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1. El Resultado Presupuestario del ejercicio estará compuesto por el del ejercicio corriente y el correspondiente al de los ejercicios cerrados.

2. El resultado presupuestario del ejercicio de la Diputación Foral de Bizkaia se calculará de acuerdo con la siguiente expresión matemática.

Derechos liquidados netos - Obligaciones reconocidas netas + Rehabilitaciones de derechos de cobro de ejercicios cerrados - Anulaciones y bajas de derechos de ejercicios cerrados + Anulaciones de obligaciones de ejercicios cerrados.