Articulo 61 se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia
Ver Indice
»Artículo 61. Obligación de informar sobre la constitución, establecimiento, modificación o extinción de entidades.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los titulares de los registros públicos deberán presentar mensualmente a la Administración tributaria una declaración informativa en la que incluirán las entidades cuya constitución, establecimiento, modificación o extinción hayan inscrito durante el mes anterior.
