Articulo 61 Transparencia...e Cataluña

Articulo 61 Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 61. Derecho a formular propuestas y sugerencias

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los ciudadanos tienen el derecho a realizar propuestas de actuación o mejora y sugerencias con relación al funcionamiento de los servicios públicos.

2. Las propuestas y sugerencias pueden formularse mediante el Portal de la Transparencia, con el correspondiente mecanismo de interacción vinculado al catálogo de los servicios públicos al que se refiere el artículo 9.1.j, o por cualquier otro medio que escojan los ciudadanos.

3. La Administración pública debe dar a conocer de forma anonimizada las propuestas y sugerencias recibidas, y debe reconocer y hacer públicas las iniciativas ciudadanas cuya aplicación conlleve una mejora sustancial de los servicios públicos.