Articulo 6124 Libro sexto del Código tributario
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Artículo 612-4. Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual

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1. Sin perjuicio de la aplicación del tramo autonómico de la deducción por inversión en la vivienda habitual, de acuerdo con lo que dispone el artículo 78.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio, en los términos establecidos en la disposición transitoria decimoctava de la misma Ley, se establece una deducción del 1,5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por la rehabilitación de la vivienda que constituya o deba constituir la vivienda habitual de los contribuyentes.

2. La base máxima de la deducción es de 9.040 euros anuales.