Articulo 62 Atención y protección a niños, niñas y adolescentes y promoción de sus familias, derechos e igualdad
Atención y protección a niños, niñas y adolescentes y promoción de sus familias, derechos e igualdad
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»Artículo 62. Publicidad de las sanciones.
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El órgano sancionador podrá acordar la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de las resoluciones firmes de imposición de sanciones por la comisión de las infracciones graves y muy graves previstas en esta ley foral.
