Articulo 62 Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres
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»Artículo 62. Participación social.
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1. Las administraciones públicas de Canarias impulsarán medidas para el fomento de la participación social de las mujeres.
2. Asimismo, cooperarán con la iniciativa social y las asociaciones para la promoción de la igualdad de género.
